LEY Nº 3219
Aprobando el acuerdo de compromiso entre ANSES y la provincia de La Pampa
Estado de la norma: VIGENTE.-
Publicado en Sep del B.O. Nº 3411 del 24-04-20.-
Promulgada el 23-04-20.-
Sancionada el 23-04-20.-
Operador del Digesto: M.L.E.-
Artículo 1°.- Apruébase el ACUERDO DE COMPROMISO ENTRE ANSES Y LA PROVINCIA DE LA PAMPA, suscripto el día 15 de enero de 2020, entre el Director Ejecutivo de la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) Lic. Alejandro VANOLI LONG BIOCCA y el señor Gobernador de la provincia de La Pampa, Sergio Raúl ZILIOTTO, que forma parte integrante de la presente.
Artículo 2º: Facúltase al Poder Ejecutivo a implementar todos los mecanismos necesarios para ejecutar el Acuerdo de Compromiso que se ratifica por la presente Ley.
Artículo 3º: Increméntase en la suma de PESOS SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS CUARENTA MIL SETENTA Y UNO ($ 695.740.071) el total del cálculo de recursos destinados a atender erogaciones a que se refiere el artículo 4º, de acuerdo a la distribución que se indica en el Anexo I de la presente Ley, incrementándose en consecuencia el monto estimado por el artículo 2º de la Ley 3211 y sus modificatorias.
Artículo 4º: Increméntase en la suma de PESOS SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS CUARENTA MIL SETENTA Y UNO ($ 695.740.071) el total de erogaciones del Presupuesto General de la Administración Provincial (Administración Central y Organismos Descentralizados) para el ejercicio 2020, establecidos por el artículo 1º de la Ley 3211 y sus modificatorias, de acuerdo al Anexo II de la presente Ley.
Artículo 5º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los veintitrés días del mes de abril de dos mil veinte.
REGISTRADA BAJO EL N° 3219 Dr. Mariano Alberto FERNÁNDEZ, Vicegobernador de La Pampa, Presidente Cámara de Diputados Provincia de La Pampa - Dra. Varinia Lis MARÍN, Secretaria Legislativa, Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.
EXPEDIENTE N° 4780/20
SANTA ROSA, 23 ABR. 2020
POR TANTO: Téngase por LEY de la Provincia. Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.
DECRETO N° 739/20 Sergio Raúl ZILIOTTO, Gobernador de La Pampa – Dr. Diego Fernando ÁLVAREZ, Ministro de Desarrollo Social - C.P.N. Ernesto Osvaldo FRANCO, Ministro de Hacienda y Finanzas.
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN: 23 ABR. 2020
Registrada la presente Ley, bajo el número TRES MIL DOSCIENTOS DIECINUEVE (3219). José Alejandro VANINI, Secretario General de la Gobernación